Desde 1993, el Consejo ha emitido las siguientes notas del Presidente y declaraciones de la Presidencia en relación con la documentación y otras cuestiones de procedimiento del Consejo. Cada més, desde que comenzara el brote de la pandemia de COVID-19, el Consejo de Seguridad publica cartas del Presidente del Consejo de Seguridad relativas a sus métodos de trabajo (en este enlace puede obtener la lista completa).
Todos los documentos en formato
Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad |
21 de agosto de 2023 | En consonancia con el párrafo 111 de la nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad de fecha 30 de agosto de 2017 (S/2017/507), los miembros del Consejo de Seguridad siguen comprometidos a hacer todo lo posible por acordar provisionalmente el nombramiento de las Presidencias de los órganos subsidiarios para el año siguiente, a más tardar el 1 de octubre. Como medida de contingencia, las responsabilidades de las Presidencias de todos los órganos subsidiarios del Consejo durante el mes de enero se transferirán a la Presidencia para el mes de enero. | |
Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad |
21 de agosto de 2023 |
Los miembros del Consejo de Seguridad reafirman la importancia de garantizar la eficiencia y eficacia del Consejo en el desempeño de sus funciones y acuerda el procedimiento para que la celebración de los minutos de silencio se desarrolle de la manera adecuada. |
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Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad |
22 de diciembre de 2021 |
El Consejo de Seguridad se compromete a mantenerse preparado en cualquier circunstancia, a fin de garantizar que pueda funcionar continuamente de conformidad con lo previsto en el Artículo 28 de la Carta de las Naciones Unidas |
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Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad |
12 de julio de 2021 |
Los miembros del Consejo de Seguridad reafirman su compromiso de dar prioridad al multilingüismo en todo momento |
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Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad |
12 de julio de 2021 |
Los miembros del Consejo de Seguridad reconocen el papel desempeñado por el Presidente del Consejo en la facilitación y seguridad de la aplicación de la nota del Presidente de 30 de agosto de 2017 (S/2017/507); e invita a cada Presidencia a que considere la posibilidad de preparar y distribuir ampliamente los compromisos mensuales escritos sobre métodos de trabajo a su discreción. |
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Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad |
12 de julio de 2021 | Los miembros del Consejo de Seguridad reconocen que quienes coordinan las actividades mensuales de las respectivas misiones en el Consejo son fundamentales para la aplicación de la nota del Presidente de 30 de agosto de 2017 (S/2017/507) y todas las notas posteriores. | |
Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad | 27 de diciembre de 2019 | En esta nota se establece que el Consejo de Seguridad deberá aprobar el informe anual del Consejo a la Asamblea General el 30 de mayo a más tardar, con tiempo suficiente para que la Asamblea General lo examine de inmediato. | |
Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad | 27 de diciembre de 2019 | En esta nota se establece que toda referencia en masculino que se hace en el reglamento provisional del Consejo se considera que no está limitada a las personas de ese sexo, sino que también se refiere a las personas de sexo femenino, a menos que el contexto indique claramente lo contrario. | |
Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad | 27 de diciembre de 2019 | En esta nota se modifica el párrafo 64 de la nota de la Presidencia de 30 de agosto de 2017 (S/2017/507), relativo a la distribución de los informes del Secretario General a los miembros del Consejo y a los participantes pertinentes en las sesiones del Consejo, incluidos los participantes en las reuniones con los países que aportan contingentes y fuerzas de policía. | |
Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad | 27 de diciembre de 2019 | En esta nota se alienta a la Presidencia del Consejo de Seguridad a que celebre, conjuntamente con los miembros del Consejo, reuniones informativas oficiosas abiertas a una participación amplia, a las que asistan los directores o codirectores de las misiones del Consejo, y a que anuncien oportunamente la fecha de las sesiones de recapitulación e incluyan esa información en el programa de trabajo provisional mensual y en el Diario de las Naciones Unidas. | |
Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad | 27 de diciembre de 2019 | En esta nota se establece que los miembros recién elegidos del Consejo podrán ser invitados a asistir como observadores a las consultas oficiosas sobre los documentos finales del Consejo durante el período de tres meses inmediatamente anterior al inicio de su mandato y recibir las comunicaciones del Consejo durante un período de cinco meses. | |
Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad | 27 de diciembre de 2019 | En esta nota se establece que todas las actividades que actualmente no figuran en el programa de trabajo provisional mensual del Consejo de Seguridad han de enumerarse en una adición oficiosa. | |
Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad | 27 de diciembre de 2019 | En esta nota se destaca que, en el proceso de consultas oficiosas para la selección de las Presidencias de los órganos subsidiarios, es preciso tener en cuenta la necesidad de una responsabilidad compartida y una distribución justa del trabajo. | |
Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad | 27 de diciembre de 2019 | S/2019/990: En esta nota se subraya la necesidad de que el Consejo de Seguridad colabore con el país anfitrión en la planificación de las misiones del Consejo, incluso considerando la posibilidad de enviar grupos más pequeños de miembros del Consejo, invitando a la Comisión de Consolidación de la Paz a participar en calidad de observadora, realizando misiones conjuntas con organizaciones regionales y coordinando las misiones dentro del sistema de las Naciones Unidas. | |
Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad | 30 de agosto de 2017 | La presente nota incorpora y amplía las notas de la Presidencia del Consejo de Seguridad - S/2010/507, S/2012/402, S/2012/922, S/2012/937, S/2013/515, S/2013/630, S/2014/268, S/2014/393, S/2014/565, S/2014/739, S/2014/922, S/2015/944, S/2016/170 y S/2016/619, a las que reemplaza. El anexo se ha concebido como un listado conciso y fácil de consultar de las nuevas prácticas y medidas recientemente acordadas, que servirá de guía para la labor del Consejo. | |
Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad | 15 de julio de 2016 | En la nota se expresa el compromiso de los miembros del Consejo con la aplicación de medidas en relación con los miembros recién elegidos, a saber, la preparación de los miembros recién elegidos, la selección de los Presidentes de los órganos subsidiarios y la preparación de los Presidentes de los órganos subsidiarios. | |
S/2015/944 Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad |
10 de diciembre de 2015 |
El Consejo de Seguridad reitera su disposición a adoptar las medidas necesarias para asegurar la presentación puntual de su informe a la Asamblea General, y decide que todos los informes sucesivos abarcarán el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, con efecto a partir de 2017. El informe constará de una introducción aprobada por todos los miembros del Consejo y que incluirá un breve resumen convenido preparado en nombre del Consejo con la coordinación de la Presidencia del Consejo durante el mes de julio y el resto del informe será preparado por la Secretaría.
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S/PRST/2015/19 Declaración de la Presidencia del Consejo de Seguridad |
30 de octubre de 2015 | El Consejo de Seguridad tiene intención de seguir celebrando un debate abierto anual sobre sus métodos de trabajo y afirma su compromiso de seguir examinando sus métodos de trabajo en su labor habitual. El Consejo de Seguridad recalca la importancia de aumentar la coordinación, la cooperación y la interacción entre los órganos principales de las Naciones Unidas y toma nota de los esfuerzos realizados por el Grupo de Trabajo Oficioso sobre la Documentación y Otras Cuestiones de Procedimiento para aumentar la transparencia de sus actividades. | |
S/2014/922 |
18 de diciembre de 2014 |
Los miembros del Consejo de Seguridad reconocen que los textos de las declaraciones formuladas en las sesiones del Consejo pueden ser un importante instrumento adicional para la preparación de las actas literales del Consejo y, por lo tanto, alientan a los miembros y no miembros del Consejo a que se pongan en contacto con el Servicio de Actas Literales del Departamento de la Asamblea General y de Gestión de Conferencias con miras a garantizar la exactitud de los documentos oficiales del Consejo. |
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S/2014/739 |
15 de octubre de 2014 |
Los miembros del Consejo de Seguridad convinieron que, como práctica general, el orden de los oradores en las sesiones del Consejo de Seguridad se determina por sorteo. En algunos casos el orden de intervención se establece mediante el empleo de una hoja de inscripción. En algunos casos el Presidente del Consejo de Seguridad podrá modificar la lista de oradores e inscribir en primer lugar a la(s) delegación(es) encargada(s) del proceso de redacción o a los Presidentes de los órganos subsidiarios del Consejo o, modificada con arreglo al protocolo, cuando haya funcionarios de alto nivel representando a miembros del Consejo de Seguridad. |
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S/2014/565 |
4 de agosto de 2014 |
Los miembros del Consejo de Seguridad convienen en continuar aumentando el diálogo entre todos los miembros del Consejo, en particular en situaciones de crisis o situaciones en rápida evolución, a fin de que el Consejo pueda responder más eficientemente y, por ende, cumplir mejor su responsabilidad de mantener la paz y la seguridad internacionales. |
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S/2014/393 |
5 de junio de 2014 |
La Nota contiene medidas prácticas, acordadas por los miembros del Consejo de Seguridad con el propósito de garantizar la continuidad de la labor de los órganos subsidiarios del Consejo, entre las que figuran: facilitar el pronto nombramiento de los presidentes de tales órganos, informar a la presidencia entrante por escrito de manera oficiosa acerca de los trabajos realizados durante el mandato anterior, y mantener reuniones informales con la nueva presidencia. |
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S/2014/268 |
14 de abril de 2014 |
La Nota transmite el compromiso de los miembros del Consejo de Seguridad con una mayor participación en la elaboración de sus documentos: resoluciones, declaraciones presidenciales y comunicados de prensa, entre otros. El Consejo de Seguridad respalda el arreglo informal por el que uno o más miembros del Consejo (conocidos como los «redactores») inician y presiden el proceso informal de la redacción del borrador de un documento. Cualquier miembro del Consejo de Seguridad puede ejercer de redactor. |
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S/2013/630 |
28 de octubre de 2013 |
Los miembros del Consejo de Seguridad reafirman su compromiso de utilizar plenamente y mejorar el proceso existente de consulta con los países que aportan contingentes y fuerzas de policía a fin de garantizar la plena consideración por el Consejo de las opiniones y preocupaciones de esos países. Los miembros del Consejo de Seguridad están de acuerdo en que las medidas contenidas en la nota de contribuir a la consecución del objetivo de mejorar la interacción y consulta con los países que aportan contingentes y fuerzas de policía. |
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S/2013/515 |
28 de agosto de 2013 |
La nota expresa sugerencias formuladas por los Estados Miembros sobre la manera de seguir mejorando el diálogo con los países y órganos no miembros del Consejo. Utilizar de manera más eficaz, según proceda, las sesiones públicas, los diálogos oficiosos interactivos y las reuniones convocadas con arreglo a la fórmula Arria y queda comprometido a mantener contactos periódicos con la Comisión de Consolidación de la Paz. |
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S/2012/937 |
17 de diciembre de 2012 |
Medidas adicionales a las que figuran en la nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad (S/2010/507) en relación a un proceso oficioso con la participación de todos los miembros del Consejo en lo que respecta al nombramiento de los Presidentes de los órganos subsidiarios entre los miembros del Consejo de manera equilibrada, transparente, eficiente e inclusiva, que facilite un intercambio de información relativo a la labor de los órganos subsidiarios de que se trate. |
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S/2012/922 |
12 de diciembre de 2012 |
Los miembros del Consejo de Seguridad reafirman su compromiso de aumentar la eficiencia y la transparencia de su labor, incluidos la interacción y el diálogo con otros Estados Miembros, y de aplicar todas las medidas acordadas previamente, en particular las que figuran en la nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad (S/2010/507). |
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S/2012/402 |
5 de junio de 2012 |
La nota reafirma el compromiso de los miembros del Consejo de Seguridad con la mejora de la eficiencia de la labor del Consejo y convinieron, entre otras cosas, promover activamente la adopción de nuevas medidas que contribuyan a aumentar la interactividad y permitan hacer un uso más eficiente del tiempo en las reuniones informativas durante las consultas oficiosas del plenario y utilizar con más frecuencia las videoconferencias para informar al Consejo, según corresponda. |
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S/2010/507 |
26 de julio de 2010 |
Incorpora y amplía las notas de la Presidencia del Consejo de Seguridad (S/2006/507), (S/2007/749) y (S/2008/847), a las que reemplaza. Contiene una lista concisa y fácil de usar de las prácticas y medidas recientemente acordadas, para servir como orientación para la labor del Consejo. |
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S/2008/847 |
31 de diciembre de 2008 |
Consolidación y revisión de las disposiciones relativa a la relación sumaria de los asuntos que se hallan sometidos al Consejo de Seguridad (relación sumaria) |
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S/2007/749 |
19 de diciembre de 2007 |
Medidas adicionales a las que figuran en la nota del Presidente S/2006/507 en relación con lo siguiente: consultas oficiosas del plenario, asuntos que se hallan sometidos al Consejo, y el informe anual a la Asamblea General. |
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S/2006/507 |
19 de julio de 2006 |
Medidas para mejorar la eficiencia y la transparencia de la labor del Consejo, así como la interacción y el diálogo con los países que no son miembros del Consejo. Lista de nuevas prácticas y medidas recientemente acordadas, que servirá de guía para la labor del Consejo con respecto a lo siguiente: programa; reuniones informativas; documentación; consultas oficiosas; sesiones; programa de trabajo; resoluciones y declaraciones de la Presidencia; órganos subsidiarios; asuntos que se hallan sometidos al Consejo; comunicaciones con la Secretaría y externas; informe anual a la Asamblea General; y nuevos miembros elegidos. |
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S/2005/841 |
29 de diciembre de 2005 |
Prórroga del mandato del grupo de trabajo oficioso hasta el 31 de diciembre de 2006; reitera el cometido del grupo de trabajo de formular recomendaciones generales sobre cómo mejorar la eficacia de las sanciones de las Naciones Unidas y enumera las cuestiones que se han de abordar dentro de ese marco, como el aumento de la cooperación entre los comités de sanciones; la duración y el levantamiento de sanciones; los procedimientos para la eliminación de nombres de las listas; y las sanciones secundarias. |
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S/2005/251 |
18 de abril de 2005 |
Formulación del título del tema del orden del día correspondiente a las cuestiones relativas al Iraq. |
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S/2004/1014 |
23 de diciembre de 2004 |
Prórroga del mandato del grupo de trabajo oficioso hasta el 31 de diciembre de 2005; reitera el cometido del grupo de trabajo de formular recomendaciones generales sobre cómo mejorar la eficacia de las sanciones de las Naciones Unidas, y enumera las cuestiones que se han de abordar dentro de este marco, como el aumento de la cooperación entre los comités de sanciones; la duración y el levantamiento de sanciones; los procedimientos para la eliminación de nombres de las listas; y las sanciones secundarias. |
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S/2004/939 |
2 de diciembre de 2004 |
Asistencia de los miembros recién elegidos del Consejo a las consultas oficiosas plenarias, así como a las sesiones, tanto oficiales como oficiosas, de los órganos subsidiarios del Consejo, durante el mes anterior al comienzo de su mandato. |
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S/2003/1185 |
18 de diciembre de 2003 |
Prórroga del mandato del grupo de trabajo oficioso hasta el 31 de diciembre de 2004; reitera el mandato del grupo de trabajo de formular recomendaciones generales sobre cómo mejorar la eficacia de las sanciones impuestas por las Naciones Unidas. |
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S/2002/1276 |
22 de noviembre de 2002 |
Asistencia de los miembros recién elegidos del Consejo a las consultas oficiosas plenarias y a las sesiones oficiales de los órganos subsidiarios del Consejo, durante el mes anterior al comienzo de su mandato. |
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S/2002/964 |
27 de agosto de 2002 |
Criterios para la participación en las sesiones privadas del Consejo de Seguridad y las reuniones de consulta con los países que aportan contingentes, con arreglo a lo dispuesto en las secciones A y B del anexo II de la resolución 1353 (2001). |
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S/2002/591 |
29 de mayo de 2002 |
Asientos que han de ocupar los Estados no miembros del Consejo de Seguridad invitados a hacer uso de la palabra en sus sesiones. |
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S/2002/316 |
26 de marzo de 2002 |
Presentación de los temas del orden del día en sesiones públicas especificando el tema del orden del día o la cuestión que se examinará. Inclusión de una hoja informativa impresa que la Secretaría distribuirá a los miembros del Consejo en las sesiones informativas. Fechas de publicación y distribución de los informes del Secretario General. En las sesiones públicas, el Presidente ha de referirse a los oradores indicando su nombre y cargo. |
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S/2002/199 |
26 de febrero de 2002, publicado nuevamente el 22 de mayo de 2002 |
Informe anual a la Asamblea General: modificación del período abarcado por el informe; revisión del formato; presentación del informe a la Asamblea General por el Presidente del Consejo |
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S/2002/70 |
15 de enero de 2002 |
Nombramiento de un nuevo Presidente del grupo de trabajo oficioso; reitera el mandato del grupo de trabajo de formular recomendaciones generales sobre cómo mejorar la eficacia de las sanciones de las Naciones Unidas. |
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S/2002/56 |
14 de enero de 2002 |
Reuniones conjuntas del Grupo de Trabajo del Consejo de Seguridad sobre las operaciones de mantenimiento de la paz y los países que aportan contingentes, como mecanismo adicional para reforzar la cooperación con los países que aportan contingentes en relación con operaciones concretas de mantenimiento de la paz. |
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S/2001/640 |
29 de junio de 2001 |
Comunicación y difusión por el Presidente y la Secretaría de las decisiones y las declaraciones de prensa del Consejo. Publicación, como comunicados de prensa de las Naciones Unidas, de las declaraciones de prensa hechas por el Presidente del Consejo. |
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S/PRST/2001/3 |
31 de enero de 2001 |
Aplicación de la resolución 1327 (2000) y de las declaraciones S/PRST/1996/13 y S/PRST/1994/22. Establecimiento de un Grupo de Trabajo del Plenario sobre las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas que se ocupará tanto de las cuestiones generales de mantenimiento de la paz que atañen a las responsabilidades del Consejo como de los aspectos técnicos de las distintas operaciones de mantenimiento de la paz. |
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S/2000/319 |
17 de abril de 2000 |
Establecimiento de un grupo de trabajo oficioso del Consejo encargado de formular recomendaciones generales sobre la forma de mejorar la eficacia de las sanciones de las Naciones Unidas, incluidos los métodos de trabajo de los comités de sanciones y la coordinación entre los comités. |
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S/2000/274 |
31 de marzo de 2000 |
Disposiciones para la distribución de declaraciones en el Salón del Consejo. |
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S/2000/155 |
28 de febrero de 2000 |
Asistencia de los miembros recién elegidos del Consejo a las consultas oficiosas plenarias durante el mes anterior al comienzo de su mandato. |
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S/1999/1291 |
30 de diciembre de 1999 |
Presentación de información por la Secretaría en las sesiones del Consejo. Contenido y modalidades de las reuniones de información del Presidente a los países que no son miembros del Consejo después de las consultas oficiosas del plenario. |
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S/1999/165 |
17 de febrero de 1999 |
En la preparación de resoluciones y declaraciones de la Presidencia, a la que deberá concederse tiempo suficiente, han de poder participar plenamente todos los miembros del Consejo; serán bien recibidas las contribuciones de grupos de amigos y otros mecanismos similares. |
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S/1999/92 |
29 de enero de 1999 |
Lista de medidas prácticas encaminadas a mejorar el funcionamiento de los comités de sanciones. |
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S/1998/1016 |
30 de octubre de 1998 |
En el informe anual a la Asamblea General deberán figurar los informes anuales de los comités de sanciones. |
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S/1998/354 |
30 de abril de 1998 |
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S/1997/451 |
12 de junio de 1997 |
Cambio al formato y las adiciones del informe anual del Consejo a la Asamblea General. |
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S/1996/704 |
29 de agosto de 1996 |
Modificación de la nota S/1996/603 de modo que ningún asunto quede eliminado de la lista sin el consentimiento previo de los Estados Miembros interesados, conforme al procedimiento establecido. |
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S/1996/603 |
30 de julio de 1996, publicado nuevamente el 22 de agosto de 1996 |
A partir del 15 de septiembre de 1996 quedarán automáticamente eliminados de la lista los asuntos que no se hayan examinado en los cinco años anteriores, a menos que un Estado Miembro manifieste su objeción antes de esa fecha. |
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S/PRST/1996/13 |
28 de marzo de 1996 |
Establecimiento de procedimientos mejorados relativos a las reuniones entre los países que aportan contingentes, los miembros del Consejo y la Secretaría. Se mantiene la inclusión de esas reuniones en el pronóstico preliminar mensual del programa de trabajo del Consejo, en el Diario y en el informe anual |
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S/1996/54 |
24 de enero de 1996 |
Presentación verbal de información por el presidente de cada comité de sanciones a los Estados Miembros interesados después de cada sesión. |
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S/1995/438 |
31 de mayo de 1995 |
Continuación de la práctica de escuchar las observaciones de los Estados Miembros y organizaciones interesados en las sesiones privadas de los comités de sanciones. |
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S/1995/234 |
29 de marzo de 1995 |
Lista de medidas encaminadas a aumentar la transparencia de los procedimientos de los comités de sanciones. |
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S/PRST/1994/81 |
16 de diciembre de 1994 |
Celebración más frecuente de sesiones públicas, particularmente en la etapa inicial del examen de un tema por el Consejo. |
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S/PRST/1994/62 |
4 de noviembre de 1994 |
Procedimientos relativos a las reuniones entre los países que aportan contingentes, los miembros del Consejo y la Secretaría. Publicación de las fechas previstas para esas reuniones en el pronóstico preliminar mensual del programa de trabajo del Consejo y de la fecha y el lugar de esas reuniones en el Diario.
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S/PRST/1994/22 |
3 de mayo de 1994 |
Examen de las recomendaciones del informe del Secretario General titulado “Aumento de la capacidad de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas” (S/26450 y Add.1 y 2), incluidos los factores que han de tenerse en cuenta al examinar la posibilidad de establecer nuevas operaciones de mantenimiento de la paz y el aumento de la comunicación entre el Consejo y los países que aportan contingentes. |
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S/1994/329 |
23 de marzo de 1994 |
Disposiciones para la distribución de las intervenciones fuera del Salón del Consejo. |
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S/1994/230 |
28 de febrero de 1994 |
Distribución en las consultas oficiosas del plenario de los comunicados de prensa emitidos por el Secretario General que se relacionen con cuestiones de interés para el Consejo. |
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S/26812 |
29 de noviembre de 1993 |
Formulación descriptiva de los temas del orden del día para evitar que varios temas distintos se refieran al mismo asunto. |
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S/26389 |
31 de agosto de 1993 |
Publicación de los documentos del Consejo. |
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S/26176 |
27 de julio de 1993 |
El pronóstico preliminar del programa de trabajo ha de ponerse a disposición de los Estados Miembros. |
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S/26015 |
30 de junio de 1993 |
Indicación en el Diario del orden del día provisional de las sesiones oficiales del Consejo. |