El 19 de julio de 2024, el Consejo de Seguridad aprobó la resolución 2744 (2024), por la que se incorporan nuevos procedimientos para examinar las solicitudes de supresión de nombres de las Listas presentadas por personas, grupos, empresas o entidades que figuren en las Listas de los comités de sanciones establecidos por el Consejo de Seguridad, excepto de la Lista del Comité de Sanciones contra el EIIL (Dáesh) y Al-Qaida, que sigue siendo competencia de la Oficina del Ómbudsman. Los nuevos procedimientos, que se describen en el anexo I de la resolución 2744 (2024), comenzarán a aplicarse una vez que el Secretario General de las Naciones Unidas nombre a un nuevo Punto Focal, como se especifica en el párrafo 3 de la resolución. Este sitio web se actualizará en consecuencia cuando corresponda. Entretanto, si tiene alguna pregunta, puede escribir a delisting@un.org. Al 27 de diciembre de 2024, las estadísticas relativas al proceso de exenciones del punto focal (Lista de Sanciones contra el EIIL (Daesh) y Al-Qaida, y Lista 1988) son las siguientes: | ||||
Medida | Solicitudes recibidas | Solicitudes tramitadas | Concedidas | No concedidas |
Prohibición de viajar | 7 | 7 | 7 | |
Congelación de activos | 10 | 9 | 5 | 4 |