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Enlace a la resolución Fecha de la resolución Descripción oficiosa

Decide renovar hasta el 31 de mayo de 2025 las medidas financieras y relativas a los viajes impuestas por los párrafos 9 y 12 de la resolución 2206 (2015) y las medidas relativas a las armas impuestas por el párrafo 4 de la resolución 2428 (2018), y reafirma las disposiciones de su párrafo 5, así como el párrafo 2 de la resolución 2683 (2023), en que eliminó el requisito de notificación del suministro, la venta o la transferencia de equipo militar no letal destinado exclusivamente a apoyar la aplicación de las disposiciones del acuerdo de paz y a la asistencia técnica o el adiestramiento conexos sobre el equipo militar no letal.

Decide prorrogar hasta el 1 de julio de 2025 el mandato del Grupo de Expertos enunciado en el párrafo 19 de la resolución 2428 (2018).

Reitera su disposición a examinar las medidas de embargo de armas, entre otras cosas modificándolas, suspendiéndolas o levantándolas progresivamente a la luz de los avances logrados en los parámetros de referencia clave que se indican en el párrafo 2 de la resolución 2577 (2021), y alienta a las autoridades de Sudán del Sur a que sigan progresando a este respecto.

Solicita en este sentido al Secretario General que, en estrecha consulta con la Misión de las Naciones Unidas en Sudán del Sur (UNMISS) y el Grupo de Expertos, realice, a más tardar el 15 de abril de 2025, una evaluación de los progresos logrados con respecto a los parámetros de referencia clave enunciados en el párrafo 2 de la resolución 2577 (2021).
 

Decide prorrogar hasta el 31 de mayo de 2024 las medidas financieras y relativas a los viajes impuestas por los párrafos 9 y 12 de la resolución 2206 (2015) y las medidas relativas a las armas impuestas por el párrafo 4 de la resolución 2428 (2018), y decide prorrogar hasta el 1 de julio de 2024 el mandato del Grupo de Expertos enunciado en el párrafo 19 de la resolución 2428 (2018).


Decide que el requisito de notificación que figura en el párrafo 2 de la resolución 2633 (2022) dejará de ser aplicable al suministro, la venta o la transferencia de equipo militar no letal destinado exclusivamente a apoyar la aplicación de las disposiciones del acuerdo de paz y a la asistencia técnica o el adiestramiento conexos sobre el equipo militar no letal.


Reitera su disposición a examinar las medidas de embargo de armas, entre otras cosas, modificándolas, suspendiéndolas o levantándolas progresivamente a la luz de los progresos logrados respecto de los parámetros de referencia que se indican en el párrafo 2 de la resolución 2577 (2021), y alienta a las autoridades de Sudán del Sur a que sigan progresando a este respecto.


Solicita al Secretario General que, en estrecha consulta con la Misión de las Naciones Unidas en Sudán del Sur (UNMISS) y el Grupo de Expertos, realice, a más tardar el 15 de abril de 2024, una evaluación de los progresos logrados con respecto a los parámetros de referencia clave enunciados en el párrafo 2 de la resolución 2577 (2021).
 

Decide prorrogar hasta el 31 de mayo de 2023 las medidas financieras y relativas a los viajes impuestas por los párrafos 9 y 12 de la resolución 2206 (2015) y las medidas relativas a las armas impuestas por el párrafo 4 de la resolución 2428 (2018), y decide prorrogar hasta el 1 de julio de 2023 el mandato del Grupo de Expertos enunciado en el párrafo 19 de la resolución 2428 (2018).

Decide que las medidas prorrogadas en el párrafo 1 no se aplicarán al suministro, la venta o la transferencia de equipo militar no letal destinado exclusivamente a apoyar la aplicación de las disposiciones del acuerdo de paz, previa notificación al Comité.

Reitera su disposición a examinar las medidas de embargo de armas, entre otras cosas, modificándolas, suspendiéndolas o levantándolas progresivamente a la luz de los progresos logrados respecto de los parámetros de referencia establecidos en el párrafo 2 de la resolución 2577 (2021), y alienta a las autoridades de Sudán del Sur a que sigan progresando a este respecto.

Solicita al Secretario General que, en estrecha consulta con la Misión de las Naciones Unidas en Sudán del Sur (UNMISS) y el Grupo de Expertos, realice, a más tardar el 15 de abril de 2023, una evaluación de los progresos logrados en los parámetros de referencia clave enunciados en el párrafo 2 de la resolución 2577 (2021).

Exhorta nuevamente al GTUNR a que avance en la implementación de las reformas de la gestión de las finanzas públicas previstas en el Acuerdo Revitalizado, incluso poniendo a disposición del público información sobre todos sus ingresos, gastos, déficits y deudas, y lo exhorta además a que establezca el Tribunal Híbrido para Sudán del Sur y a que cree la Comisión de la Verdad, la Reconciliación y la Regeneración y la Autoridad de Indemnizaciones y Reparaciones.

Solicita a las autoridades de Sudán del Sur que, a más tardar el 15 de abril de 2023, informen al Comité establecido en virtud de la resolución 2206 (2015) relativa a Sudán del Sur (“el Comité”) sobre los progresos logrados en relación con los parámetros de referencia clave enunciados en el párrafo 2 de la resolución 2577 (2021), e invita a las autoridades de Sudán del Sur a que informen sobre los progresos logrados en la implementación de las reformas mencionadas en el párrafo 3.

Decide prorrogar hasta el 31 de mayo de 2022 las medidas financieras y relativas a los viajes impuestas por los párrafos 9 y 12 de la resolución 2206 (2015) y las medidas relativas a las armas impuestas por el párrafo 4 de la resolución 2428 (2018), y decide prorrogar hasta el 1 de julio de 2022 el mandato del Grupo de Expertos enunciado en el párrafo 19 de la resolución 2428 (2018).

Expresa su disposición a examinar las medidas de embargo de armas, entre otras cosas, modificándolas, suspendiéndolas o levantándolas progresivamente a la luz de los progresos logrados respecto de los parámetros de referencia establecidos en el párrafo 2 de la resolución.

Solicita al Secretario General que, en estrecha consulta con la Misión de las Naciones Unidas en Sudán del Sur (UNMISS) y el Grupo de Expertos, realice, a más tardar el 15 de abril de 2022, una evaluación de los progresos logrados en los parámetros de referencia clave enunciados en el párrafo 2.

Exhorta al GTUNR a que avance en la implementación de las reformas de la gestión de las finanzas públicas previstas en el Acuerdo Revitalizado, incluso poniendo a disposición del público información sobre todos sus ingresos, gastos, déficits y deudas, y lo exhorta además a que establezca el Tribunal Híbrido para Sudán del Sur y a que cree la Comisión de la Verdad, la Reconciliación y la Regeneración y la Autoridad de Indemnizaciones y Reparaciones.

Solicita a las autoridades de Sudán del Sur que, a más tardar el 15 de abril de 2022, informen al Comité establecido en virtud de la resolución 2206 (2015) relativa a Sudán del Sur (“el Comité”) sobre los progresos logrados en relación con los parámetros  de  referencia  clave  enunciados  en  el  párrafo  2,  e invita a  las autoridades de Sudán del Sur a que informen sobre los progresos logrados en la implementación de las reformas mencionadas en el párrafo 3.

Decide prorrogar hasta el 31 de mayo de 2021 las medidas financieras y relativas a los viajes impuestas por los párrafos 9 y 12 de la resolución 2206 (2015) y las medidas relativas a las armas impuestas por el párrafo 4 de la resolución 2428 (2018), y prorrogar hasta el 1 de julio de 2021 el mandato del Grupo de Expertos enunciado en el párrafo 19 de la resolución 2428 (2018).

Prorrogar hasta el 31 de mayo de 2020 las medidas impuestas por los párrafos 9 y 12 de la resolución 2206 (2015), y prorrogar hasta el 30 de junio de 2020 el mandato del Grupo de Expertos.

Impone un embargo de armas hasta el 31 de mayo de 2019; prorroga hasta el 31 de mayo de 2019 la congelación de activos y la prohibición de viajar impuestas por los párrafos 9 y 12 de la resolución 2206 (2015); prorroga hasta el 1 de julio de 2019 el mandato del Grupo de Expertos; incluye a dos personas en la lista de sanciones 2206.

Prorrogar hasta el 14 de julio de 2018 las medidas impuestas por los párrafos 9 y 12 de la resolución 2206 (2015), y prorrogar hasta el 14 de agosto de 2018 el mandato del Grupo de Expertos

Prorrogar hasta el 1 de junio de 2016 las medidas impuestas por los párrafos 9 y 12 de la resolución 2206 (2015), y prorrogar hasta el 1 de julio de 2016 el mandato del Grupo de Expertos

Prorrogar hasta el 15 de abril de 2016 las medidas impuestas por los párrafos 9 y 12 de la resolución 2206 (2015), y prorrogar hasta el 15 de mayo de 2016 el mandato del Grupo de Expertos