De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 5 de la resolución 2428 (2018), el Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resolución 2206 (2015) relativa a Sudán del Sur ha aprobado la siguiente solicitud de exención al embargo de armas, presentada por China.
Exención concedida a |
China |
Uso previsto |
Apoyo de la aplicación del acuerdo de paz |
Usuario final |
Ministerio de Defensa y Asuntos de los Veteranos de la República de Sudán del Sur |
Especificaciones técnicas y cantidad de armas y material conexo de todo tipo que se envía, o adiestramiento o asistencia financiera, técnica o de otro tipo que se han de prestar |
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Proveedor (cuando proceda) |
Ministerio de Defensa de la República Popular China |
Fecha de entrega propuesta (cuando proceda) |
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Medio de transporte e itinerario de los envíos (cuando proceda) |
No disponible |
De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 5 de la resolución 2428 (2018), el Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resolución 2206 (2015) relativa a Sudán del Sur ha aprobado la siguiente solicitud de exención al embargo de armas, presentada por Francia.
Exención concedida a |
Francia |
Uso previsto |
Capacitación de oficiales sursudaneses |
Usuario final |
Fuerzas de Defensa del Pueblo de Sudán del Sur |
Especificaciones técnicas y cantidad de armas y material conexo de todo tipo que se envía, o adiestramiento o asistencia financiera, técnica o de otro tipo que se han de prestar |
- 5 oficiales reciben la capacitación “Female Soldier Course” |
Proveedor (cuando proceda) |
International Peace Support Training Center (IPSTC) |
Fecha de entrega propuesta (cuando proceda) |
- Female Soldier Course”: 28 de marzo a 8 de abril de 2022 |
Medio de transporte e itinerario de los envíos (cuando proceda) |
No se aplica |
De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 5 de la resolución 2428 (2018), el Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resolución 2206 (2015) relativa a Sudán del Sur ha aprobado la siguiente solicitud de exención al embargo de armas, presentada por los Estados Unidos.
Exención concedida a |
Estados Unidos |
Uso previsto |
Sustituir dos helicópteros MI-8 (el tercero es de reserva) que en la actualidad sirven de apoyo para la vigilancia de la paz y el transporte aéreo al Mecanismo de Vigilancia y Verificación del Alto el Fuego y los Arreglos Transitorios de Seguridad (MVVAFATS). |
Usuario final |
Mecanismo de Vigilancia y Verificación del Alto el Fuego y los Arreglos Transitorios de Seguridad (MVVAFATS). |
Especificaciones técnicas y cantidad de armas y material conexo de todo tipo que se envía, o adiestramiento o asistencia financiera, técnica o de otro tipo que se han de prestar |
Tres (3) helicópteros: |
Proveedor (cuando proceda) |
Pacific Architects and Engineers |
Fecha de entrega propuesta (cuando proceda) |
Por determinar |
Medio de transporte e itinerario de los envíos (cuando proceda) |
Por aire |
* Las solicitudes de exención aprobadas se publican en el sitio web del Comité con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 12 f) de las Directrices del Comité, que dice lo siguiente: “A menos que el Comité decida lo contrario, la exención del embargo de armas acordada estará publicada en su sitio web durante el período siguiente: desde la fecha de la carta del Presidente del Comité en la que se transmita su acuerdo con la solicitud de exención hasta la fecha de entrega del material exento, confirmada por el Estado que lo suministre”.