De conformidad con la sección 6 de sus directrices, el Comité establecido en virtud de la resolución 1718 (2006) publica un resumen de los motivos para la inclusión en la lista de los individuos, grupos, empresas y entidades incluidos en su lista de sanciones.
La empresa Namchongang Trading Corporation fue incluida en la lista el 16 de julio de 2009 “por participar en programas de la República Popular Democrática de Corea relacionados con actividades nucleares, otras armas de destrucción en masa y misiles balísticos, o prestarles apoyo, incluso por otros medios ilícitos”.
Namchongang es “una empresa comercial de la República Popular Democrática de Corea filial de la Oficina General de Energía Atómica. Namchongang ha participado en la compra de bombas de vacío de origen japonés que se encontraron en una instalación nuclear de la República Popular Democrática de Corea, así como de otros artículos relacionados con la energía nuclear asociados a una persona de nacionalidad alemana. La empresa también ha intervenido en la compra de tubos de aluminio y equipo de otro tipo especialmente adecuados para un programa de enriquecimiento de uranio desde finales de los años noventa. Su representante es un exdiplomático que representó a la República Popular Democrática de Corea en la inspección de las instalaciones nucleares de Yongbyon llevada a cabo por el OIEA en 2007. Las actividades de proliferación de Namchongang suscitan grave preocupación, dadas las actividades de proliferación emprendidas en el pasado por la República Popular Democrática de Corea”.