I. Resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad y directrices del Comité
Las exenciones a la congelación de activos están previstas en:
- La resolución 1718 (2006)
del Consejo de Seguridad: párrafo 9
- La resolución 2270 (2016)
del Consejo de Seguridad: párrafo 32
- La resolución 2371 (2017)
del Consejo de Seguridad: párrafo 26
- Las directrices del Comité: sección 11
II. ¿Quién tiene derecho a presentar una solicitud de exención a la congelación de activos?
Los Estados Miembros que tengan la intención de autorizar, cuando proceda, el acceso a fondos u otros activos financieros o recursos económicos congelados.
III. ¿Qué tipo de exenciones a la congelación de activos pueden solicitarse?
Hay seis tipos de exenciones a la congelación de activos:
- Para sufragar gastos básicos
- Para sufragar gastos extraordinarios
- Para activos objeto de gravamen o dictamen judicial, administrativo o arbitral
- Para misiones diplomáticas de la República Popular Democrática de Corea
- Para la determinación caso por caso por el Comité 1718
- Para la realización de transacciones financieras con DPRK Foreign Trade Bank o con Korea National Insurance Corporation
1. Exención para gastos básicos
De conformidad con el párrafo 9 (a) de la resolución 1718 (2006) y la sección 11 de las directrices del Comité, las solicitudes de exención para sufragar gastos básicos se presentarán al Comité para su consideración. El Comité recibirá notificaciones por escrito de los Estados Miembros sobre su intención de autorizar, cuando proceda, el acceso a fondos congelados u otros activos financieros o recursos económicos para sufragar gastos.
2. Exención para gastos extraordinarios
De conformidad con el párrafo 9 b) de la resolución 1718 (2006) y la sección 11 de las directrices del Comité, las solicitudes de exención para sufragar gastos extraordinarios se presentarán al Comité para que las examine y deberán incluir, según proceda, la siguiente información:
- Receptor (nombre y dirección)
- Información bancaria del receptor (nombre y dirección del banco, número de cuenta)
- Finalidad del pago
- Monto de la cuota
- Número de cuotas
- Fecha del pago inicial
- Transferencia bancaria o débito directo
- Intereses
- Fondos específicos que se descongelan
- Otra información
3. Exención para activos objeto de gravamen o dictamen judicial, administrativo o arbitral (antes del 14 de octubre de 2006)
De conformidad con el párrafo 9 c) de la resolución 1718 (2006) y la sección 11 de las directrices del Comité, las solicitudes relacionadas con los activos financieros y recursos económicos destinados al pago de un gravamen o al cumplimiento de un dictamen judicial, administrativo o arbitral, a condición de que el gravamen o dictamen sea anterior al 14 de octubre de 2006 y no beneficie a una persona o entidad designada, no exigen una decisión al respecto por parte del Comité.
4. Misiones diplomáticas de la República Popular Democrática de Corea
En el párrafo 32 de la resolución 2270 (2016) , el Consejo de Seguridad decidió que las medidas impuestas en ese mismo párrafo no serían aplicables con respecto a los fondos, otros activos financieros y recursos económicos necesarios para llevar a cabo las actividades de las misiones de la República Popular Democrática de Corea ante las Naciones Unidas y sus organismos especializados y organizaciones conexas u otras misiones diplomáticas y consulares de la República Popular Democrática de Corea.
5. Determinación caso por caso por el Comité 1718
En el párrafo 32 de la resolución 2270 (2016) , el Consejo de Seguridad decidió que las medidas impuestas en ese mismo párrafo no serían aplicables con respecto a los fondos, otros activos financieros y recursos económicos que el Comité determine previamente, caso por caso, que son necesarios para el suministro de asistencia humanitaria, la desnuclearización o cualquier otro fin compatible con los objetivos de la resolución 2270 (2016)
.
6. Transacciones financieras con DPRK Foreign Trade Bank o con Korea National Insurance Corporation
En su resolución 2371 (2017) , aprobada el 5 de agosto de 2017, el Consejo de Seguridad decidió que las entidades Foreign Trade Bank (FTB) y Korea National Insurance Corporation (KNIC) estarían sujetas a las medidas especificadas en el párrafo 8 d) de su resolución 1718 (2006)
.
En el párrafo 26 de su resolución 2371 (2017) , el Consejo de Seguridad decidió también que las medidas especificadas en el párrafo 8 d) de su resolución 1718 (2006)
no se aplicarían a las transacciones financieras que se realizaran con DPRK Foreign Trade Bank ni con Korea National Insurance Corporation si estas tuvieran como único objeto el funcionamiento de misiones diplomáticas o consulares en la República Popular Democrática de Corea o la realización de actividades de asistencia humanitaria llevadas a cabo por las Naciones Unidas o en coordinación con la Organización.
IV. ¿Cómo se deben presentar las solicitudes de la exención a la congelación de activos?
Las solicitudes y las notificaciones relacionadas con la exención a la congelación de activos se enviarán a:
- La Presidenta del Comité, Excma. Sra. Pascale Christine Baeriswyl (Suiza) por conducto de la Misión Permanente de Suiza ante las Naciones Unidas.
Con copia a:
- El Secretario del Comité, Sr. Davey McNab, Dirección de correo electrónico:
sc-1718-committee@un.org
V. Adopción de decisiones por parte del Comité
El Comité, por conducto de la Secretaría, acusará inmediatamente recibo de la notificación relativa a la exención para gastos básicos. Si el Comité no adopta ninguna decisión en contrario en el plazo establecido de cinco días hábiles, informará de ello a través de su Presidente al Estado Miembro que presente la notificación. El Comité también informará al Estado Miembro en caso de que se adopte una decisión negativa al respecto.
El Comité, por conducto de su Presidente, informará sobre su decisión a los Estados Miembros que soliciten una exención para gastos extraordinarios.