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I. Resoluciones del Consejo de Seguridad pertinentes

 

II. ¿Quién tiene derecho a presentar solicitudes de inclusión?

Los Estados Miembros en cualquier momento pueden presentar al Comité solicitudes de inclusión de nombres de personas y entidades para la Lista de Sanciones 1518.

III. ¿Qué debe incluirse en las solicitudes de inclusión?

Las solicitudes de inclusión deben contener una justificación detallada de la propuesta en apoyo de la inclusión y los criterios específicos conforme a los cuales se proponen los nombres de las personas o entidades para su inclusión en la Lista, incluyendo:

  1. Conclusiones y razonamientos concretos que demuestren que se cumplen los criterios de inclusión;
  2. La índole de las pruebas justificativas (por ejemplo, de servicios de inteligencia, de la policía, de fuentes judiciales, de los medios de difusión, de declaraciones hechas por el sujeto, etc.);
  3. Pruebas o documentos justificativos;
  4. Detalles de cualquier conexión con personas o entidades que figuren actualmente en la Lista.

En la medida de lo posible, se deberá proporcionar la siguiente información concreta para que las autoridades competentes puedan identificar positivamente a la persona o entidad de que se trate, incluyendo: 

  1. Respecto de las personas: apellido, nombres, otros nombres pertinentes, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, nacionalidad o ciudadanía, género, alias, empleo u ocupación, residencia, direcciones, números de pasaporte o documento de viaje (con inclusión de la fecha y lugar de expedición y también la fecha de expiración) y de identificación nacional, direcciones actuales y anteriores, direcciones de sitios web, ubicación actual y cualquier información biométrica (descripción física, fotografías, huellas dactilares);
  2. Respecto de grupos, empresas o entidades : nombre, razón social, nombre o nombres abreviados o acrónimos y otros nombres por los que se conocen o se conocían anteriormente, dirección, sede, sucursales o filiales, vínculos de la organización, empresa matriz, naturaleza del negocio o actividad, Estado o Estados donde realiza su actividad principal, dirección o administración, número de registro (constitución) u otro número de identificación, estado (por ejemplo, en liquidación, terminados), direcciones de sitios web.

IV. ¿Cómo presentar la solicitud de inclusión? 

Sírvase dirigir las solicitudes de inclusión al:

  • Presidente del Comité, Excmo. Sr. Ferit Hoxha (Albania) por conducto de la Misión Permanente de la República de Albania ante las Naciones Unidas

Con copia para:

 

V. Adopción de decisiones por parte del Comité

De conformidad con las Directrices del Comité, este examinará sin dilación las solicitudes para actualizar la lista de sanciones.

Si el Comité aprueba las solicitudes de inclusión, la Secretaría notificará, después de la publicación pero en el plazo de una semana después de que se añada un nombre a la Lista de Sanciones, a la misión permanente del país o de los países donde se cree que se encuentra la persona o la entidad y, cuando se trate de personas, al país del que la persona es nacional (en la medida en que se conozca esa información).