De conformidad con la sección 5 g) de sus directrices, el Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resolución 2140 (2014) publica un resumen de los motivos por los que se han incluido personas, grupos, empresas y entidades en su Lista de Sanciones
Saleh Mesfer Saleh Al Shaer fue incluido en la Lista el 9 de noviembre de 2021, con arreglo a lo dispuesto en los párrafos 11 y 15 de la resolución 2140 (2014) y en el párrafo 14 de la resolución 2216 (2015), por cumplir los criterios de designación establecidos en los párrafos 17 y 18 c) de la resolución 2140 (2014).
Saleh Mesfer Saleh Al Shaer ha participado en actos que amenazan la paz, la seguridad y la estabilidad del Yemen y les ha prestado apoyo, entre otras cosas dirigiendo actos que violan las disposiciones aplicables del derecho internacional humanitario en el Yemen.
Respecto a la justificación proporcionada por el Grupo de Expertos de las Naciones Unidas el 28 de agosto de 2019, Saleh Mesfer Saleh Al Shaer ha participado en actos que amenazan la paz, la seguridad y la estabilidad del Yemen, por lo que cumple los criterios de designación expuestos en el párrafo 17 de la resolución 2140 (2014). En calidad de Viceministro de Defensa encargado de la Logística de los huzíes, Saleh Mesfer Saleh Al Shaer ayudó a estos a adquirir armas de contrabando. También ha sido incluido en la Lista por estar involucrado directamente, desde principios de 2018, en su calidad de “Custodio Judicial”, en la apropiación generalizada e ilegal de activos y entidades que eran propiedad de particulares que habían sido detenidos por los huzíes u obligados a refugiarse fuera del Yemen, lo cual viola el derecho internacional humanitario. Al Shaer se ha servido de su autoridad y de una red basada en Saná integrada por sus familiares, un tribunal penal especial, la oficina nacional de seguridad, el banco central, los servicios de secretaría del Ministerio de Comercio e Industria del Yemen y algunos bancos privados para despojar arbitrariamente de su patrimonio a determinados particulares y entidades sin el debido proceso judicial ni la posibilidad de reparación.