En la resolución se alienta a todos los Estados Miembros a que presenten al Comité, para su inclusión en la Lista de Sanciones contra el EIIL (Dáesh) y Al-Qaida, los nombres de personas, grupos, empresas y entidades que participen por cualquier medio en la financiación o el apoyo de actos o actividades del EIIL, Al-Qaida y las personas, los grupos, las empresas y las entidades asociados; se insta encarecidamente a todos los Estados Miembros a que pongan en práctica las normas internacionales completas incorporadas en las Cuarenta Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera (GAFI) sobre la Lucha contra el Blanqueo de Dinero y la Financiación del Terrorismo; se alienta a los Estados proponentes a que comuniquen al Equipo de Vigilancia si algún tribunal nacional u otra autoridad jurídica competente ha examinado el caso de la persona o entidad incluida en la Lista y si se han iniciado procedimientos judiciales, y a que proporcionen toda la información pertinente cuando presenten el formulario estándar de solicitud de inclusión en la Lista; se decide que, a fin de garantizar un examen minucioso de las solicitudes de exenciones básicas y extraordinarias de la congelación de activos presentadas con arreglo a los párrafos 87 a) y 87 b), el Comité, por conducto de la Secretaría, acusará inmediatamente recibo de la solicitud; se recalca la importancia de la Oficina del Ómbudsman y se prorroga su mandato por un período de 36 meses, y se insta encarecidamente a los Estados Miembros a que faciliten al Ómbudsman toda la información pertinente; se prorroga por un período de 36 meses el mandato del Equipo de Apoyo Analítico y Vigilancia de las Sanciones.
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Resolution number
Res 2734 (2024)
Resolution Date
10 Junio 2024